jueves, 14 de abril de 2011

Secreto Profesional


El secreto profesional es la obligación legal que tienen ciertas profesiones de mantener en secreto la información que han recibido de sus clientes. Al contrario de lo que ocurre con otros tipos de deberes de confidencialidad, el secreto profesional se mantiene incluso en un juicio.
Entre estos profesionales, cabe citar como casos más típicos el abogado, el médico, el psicólogo, el periodista o el trabajador social. Sin embargo, también puede haber otros casos de asesores o servicios que tengan ese tipo de obligación, como por ejemplo los asesores fiscales (a veces incluidos dentro de los abogados) o las compañías de seguros.

Justificación del secreto profesional

El secreto profesional es una obligación de confidencialidad, que se impone por la necesidad de que exista una absoluta confianza entre el profesional y quienes acuden a solicitar sus servicios. Por ejemplo, un acusado no podría contar toda la verdad a un abogado si luego se pudiese obligar al abogado a declarar como testigo lo que le ha contado.


Responsabilidad Profesional

Vivimos en un período de agitación en el que la economía, la ciencia y la tecnología juegan papeles decisivos. Los adelantos científicos y las nuevas tecnologías ejercen una influencia sin precedente en el trabajo y la vida cotidiana, y los trabajadores se encuentran en el filo del cambio. A medida que ha progresado el proceso de mundialización sin obstáculos ni control, el trato dado a la naturaleza ha pasado a ser intolerable. Esto exige que se vuelva a definir la relación del hombre con su hábitat natural.
Profesionales altamente calificados,  e ingenieros se encuentran en el mero centro del «dilema moral» Son estos  los que desarrollan nuevos productos, tecnología, elaboran estrategias de comercialización y abren nuevos mercados. Sus decisiones influyen en el ambiente, las condiciones de trabajo y los consumidores. Lo que parece tener sentido económico en el ámbito individual puede, en la peor hipótesis, derrochar recursos naturales, dañar al medio ambiente, destruir , perjudicar a los consumidores o evadir embargos.
En el presente trabajo vemos una definición de profesión, sus características y como también una definición de ética empresarial así también que son los códigos de conductas y como se presenta una  exploratoria en la que se hace el cómo se relacionan ética y acción empresarial. En este sentido cabe distinguir tres versiones de la ética empresarial. La , que denominamos economicismo limitado, tiene como criterio supremo maximizar beneficios pero acepta como  cumplir la legalidad vigente y, en algunos casos, las exigencias sociales del entorno. La segunda versión, designada aquí como dualismo racionalista, introduce la necesidad de justificar cada decisión mediante juicios éticos que se hacen partiendo de alguna teoría ética de corte racionalista que define qué es correcto. La tercera versión es llamada realismo moderado al aceptar la capacidad humana de un conocimiento moderado de la realidad. Entiende que la ética es parte integrante de toda  en la medida en que ésta incide en quien la realiza y contribuye o dificulta el logro de la excelencia humana, a diferencia de otras teorías.

Competencia Física, Moral e Intelectual

COMPETENCIA FÍSICA.


Muchas veces, algunos profesionales fracasan en sus respectivas profesiones porque son físicamente incapaces, no tienen la aptitud necesaria para llevar sus labores profesionales a un feliz término.
El principio de la competencia física es la Higiene Mental y Física.
La Higiene Mental se referirá al conjunto de disposiciones necesarias para aceptar el propio trabajo y gozar del mis­mo, mientras que la Higiene Física se refiere al mantenimiento de la capacidad física para desempeñar a cabalidad un trabajo.





COMPETENCIA MORAL.


La competencia moral se refiere a la necesidad que el profesional tiene de referirse a un bien, al bien; esa necesidad se refleja en la vida según la virtud, en la vida virtuosa, la cual se manifiesta en el sentimiento de rechazo a todo lo que aparezca como oscuro, injusto o dudoso, a la vez que en la conciencia de la dignidad de la profesión.
Aquiles Menéndez distingue dos virtudes profesionales: la justicia y la caridad. La primera se vuelve un imperativo para el profesional, en la medida en que es depositario de un bien social (de cultura) del que debe dar cuenta a la sociedad en que vive.
La segunda, se refiere a la necesidad de que el profesional se dedique a un servicio desinteresado de todos los demás miembros de su sociedad, aunque, en un sentido de justicia, no esté obligado a ello.




COMPETENCIA INTELECTUAL.




Se puede definir la competencia inte­lectual como la "posesión de la ciencia y la sabiduría" que todo profesional debe tener.
En este caso, es necesario precisar que la posesión absoluta de la ciencia y la sabiduría no es posible, pues la dinámica misma del conocimiento hace que éste se incremente constantemente.
Dice Aquiles Menéndez que la competencia intelectual debe comprenderse en dos momentos: como competencia técnica y como competencia humanística.
En el primer caso, se trata de un conocimiento teórico y sistemático de las ciencias que se refieren a la profesión, al mismo tiempo que la capacidad de aplicar esos conocimientos a los problemas que se le presentan en su vida profesional; se trata, en rigor, de armonizar la ciencia y la experiencia.
En el segundo caso, se insiste en la necesidad del profesional de mantenerse con una dimensión humana abierta a los demás y al deber, con una dimensión abierta a la experiencia estética y a la solida­ridad con el mundo y con los demás, con el fin de evitar que el profesional se con­vierta en una máquina eficaz, pero no humana.